Uno de los textos más problemáticos del Concilio Vaticano II fue la famosa Declaración sobre la libertad religiosa, Dignitatis Humanae, del 7 de diciembre de 1965.
En su párrafo más importante se puede leer lo siguiente:
Este Concilio Vaticano declara que la persona humana tiene derecho a la libertad religiosa. Esta libertad consiste en que todos los hombres han de estar inmunes de coacción, tanto por parte de individuos como de grupos sociales y de cualquier potestad humana, y esto de tal manera que, en materia religiosa, ni se obligue a nadie a obrar contra su conciencia, ni se le impida que actúe conforme a ella en privado y en público, sólo o asociado con otros, dentro de los límites debidos. Declara, además, que el derecho a la libertad religiosa está realmente fundado en la dignidad misma de la persona humana, tal como se la conoce por la palabra revelada de Dios y por la misma razón natural . Este derecho de la persona humana a la libertad religiosa ha de ser reconocido en el ordenamiento jurídico de la sociedad, de tal manera que llegue a convertirse en un derecho civil.
Este Concilio Vaticano declara que la persona humana tiene derecho a la libertad religiosa. Esta libertad significa que todos los hombres deben ser inmunes a la coacción por parte de individuos o grupos sociales y de todo poder humano, de tal manera que nadie sea forzado a actuar en una forma contraria a sus propias creencias, ya sea privada o públicamente, solos o en asociación con otras personas, dentro de los límites debidos. El Concilio declara más adelante que el derecho a la libertad religiosa está basado en la dignidad de la persona humana, tal y como esta dignidad se conoce a través de la palabra revelada por Dios y de la razón. Este derecho de la persona humana a la libertad religiosa debe ser reconocido en la ley constitucional que rige a la sociedad y, por tanto, debe convertirse en un derecho civil.
Según esta definición, la libertad religiosa es, por tanto, un derecho sacrosanto basado en la dignidad de la persona humana, la cual debe permanecer exenta de cualquier tipo de restricción en asuntos religiosos. El objetivo de esta Declaración era convertirse en una directriz para los gobiernos en el contexto del pluralismo religioso moderno. En ese entonces, también estaba destinada a enviar un mensaje a los países comunistas donde la religión católica era perseguida.
Para poder comprender en toda su totalidad el impacto de esta Declaración, es importante conocer cómo debería ser una sociedad civil ideal, basada en la naturaleza humana, como la conocemos a través de la razón natural, y en lo que la Revelación cristiana nos enseña.
El orden justo de la sociedad
La naturaleza humana tiene la capacidad de conocer acerca de la existencia de Dios Creador, y por este mismo hecho tiene el deber de rendirle culto, no sólo de forma individual, sino también colectivamente, como familia pero también como sociedad, pues todas las sociedades son creaturas de Dios. El hombre es por naturaleza un animal racional, social y político.
La Revelación nos dice quién es Dios, cómo se separó el hombre de Él, cómo se llevó a cabo la Redención, cómo se dispensan sus efectos a los hombres, y cómo debe el hombre rendir a Dios el culto público que le debe tanto en espíritu como en verdad: ésta es la misión que Jesucristo confió a su Iglesia, la Iglesia Católica. Esta Iglesia, única arca de salvación para todo el mundo, con un único gobierno bajo la dirección del Papa, tiene, por tanto, el derecho de ocupar un sitio muy especial en cada país.
La Iglesia católica tiene autoridad sobre el culto divino, el gobierno de la vida religiosa de los fieles y la evangelización. En cuanto al Estado, éste se hace cargo del bien común temporal de cada país; de este modo, estas dos sociedades tienen ámbitos de competencia distintos pero muy complementarios. Si debemos dar al César lo que es del César y a Dios lo que es de Dios (Lc. 20:25), entonces debemos decir que César no es Dios, sino que está sujeto a Él, al igual que están sujetas todas las creaturas. Ni separación ni confusión de poderes, sino distinción.
Por consiguiente, la sociedad civil ideal es aquella en la que el Estado reconoce la verdadera religión y ayuda a la Iglesia a llevar a cabo su misión. De este modo, la religión católica forma parte de la situación normal de un Estado constituido adecuadamente. Esto incluye, necesariamente, castigar públicamente a los transgresores de la religión católica por los malos ejemplos que dan y por su afrenta hacia Dios. Esto también incluye la posibilidad de obstaculizar la difusión de las falsas religiones, ya que pueden perjudicar no solamente las vidas religiosas privadas de los individuos, sino también la estructura cristiana en que la sociedad y, por tanto, las almas de sus ciudadanos deben desarrollarse. La introducción de otras religiones sólo puede ocasionar problemas civiles: recordemos las crueles guerras de religión causadas por la Reforma luterana, y la violenta propagación del protestantismo que desgarró la cristiandad.
Aunque este orden de la sociedad es justo y coherente, parece muy poco real en el mundo de hoy, cuando el pluralismo religioso se ha arraigado tan profundamente en nuestra sociedad, y prácticamente no quedan Estados oficialmente católicos. Dadas estas condiciones, es comprensible que la Iglesia, en sus comunicaciones públicas, se contente con recordar a quienes no aceptan la Revelación al menos algunos requerimientos de la ley natural. Algunos de estos principios son, por ejemplo, que no es legítimo forzar a nadie a aceptar la verdadera religión (y aún menos una religión falsa), que no está permitido prohibir la búsqueda y práctica de la verdadera religión, y que la competencia del Estado únicamente aplica sobre el bien común temporal, y no directamente sobre la vida privada de las personas, familias - por ejemplo, los derechos de los padres sobre la educación de los hijos - o asuntos religiosos.
Los efectos de la Declaración
La Declaración Dignitatis Humanae extiende estos principios más allá de toda medida ("todos los hombres" "cualquier tipo de coerción" "cualquier poder humano"). Insiste en el hecho de que el Estado no puede ejercer ningún tipo de restricción en asuntos religiosos. Desde luego, sería inadmisible amenazar de muerte a un no creyente si no se convierte, pero sería igual de falso presentar como una restricción psicológicamente insoportable por parte de un grupo o Estado católico un sermón sobre el infierno o sobre el castigo que espera a los no creyentes ("Quien no cree, será condenado", dice el Salvador), la presencia pública de crucifijos, las iglesias, los Nacimientos colocados en lugares públicos, los hábitos utilizados por los ministros del verdadero Dios, o los símbolos de la religión que le rinden honor.
Además, la objeción de conciencia a las demandas del Estado no siempre es admisible: ¿es legítimo que un joven enlistado en el ejército para defender a su país en una forma militar declare que no hará tal cosa porque su religión le prohíbe portar armas? Esta persona debería tener el suficiente sentido común para iluminar su conciencia y entender que una religión así conduciría a la sociedad al suicidio, lo cual es ilógico, y, por lo tanto, no proviene de Dios.
En cuanto a la falta de competencia del Estado sobre asuntos religiosos, se debe hacer una distinción. No corresponde al presidente determinar las reglas litúrgicas. Pero el proselitismo musulmán es perjudicial para el bien común. El hecho de que todas las religiones, excepto la religión católica, admitan el divorcio, la anticoncepción o el aborto, que sean capaces de justificar, en caso de ser necesario, las mentiras, los robos, la duplicidad, la usura, las mutilaciones y otras ignominias que destruyen a las familias, la célula básica de la sociedad, promoviendo leyes inmorales, no deja de causar estragos en el bien común; de hecho, lo perjudica seriamente. Cuando la luz de la verdadera religión ilumina las mentes que gobiernan la vida pública, la libertad para rechazarla es simplemente la libertad para condenarse a uno mismo.
Finalmente, los ajustes timoratos del documento conciliar que emplean términos como "orden social justo" no son suficiente para disipar la impresión de una amplia indiferencia por parte de la sociedad, que permite que cualquier actividad que se presenta como religiosa pueda ser considerada legítima. A partir de la libertad en la búsqueda de religión que debería ser realizada por todo hombre que no crea todavía, una interpretación simplista de este principio conduce a la conclusión de que existe un derecho positivo de profesar cualquier opinión, aunque sea errónea, cualquier falsa doctrina o fábula perversa, poniéndola en práctica y difundiéndola; y esto es falso e inaceptable.
Una nueva enseñanza que rompe con el Magisterio
Aunque no es ninguna sorpresa que los predicadores de falsas doctrinas, por ejemplo, las sectas masónicas o círculos de librepensadores, difundan este tipo de consideración, sí resulta inconcebible que la autoridad instituida por Dios para guiar a las almas a la verdad acepte lo que el Papa Gregorio XVI llamó "una locura" (Encíclica Mirari Vos, 1832). Condenando el liberalismo de Félicité de Lamennais, el pontífice denunció "esta vergonzosa fuente de indiferentismo":
De esa cenagosa fuente del Indiferentismo mana aquella absurda y errónea sentencia o, mejor dicho, locura, que afirma y defiende a toda costa y para todos, la libertad de conciencia. Este pestilente error se abre paso, escudado en la inmoderada libertad de opiniones que, para ruina de la sociedad religiosa y de la civil, se extiende cada día más por todas partes, llegando la imprudencia de algunos a asegurar que de ella se sigue gran provecho para la causa de la religión.
El Papa Pío IX enseñó claramente con toda la autoridad de su magisterio papal, que la libertad de conciencia es una "opinión errónea, extremadamente perjudicial en sus efectos sobre la Iglesia Católica y la salvación de las almas" (Encíclica Quanta Cura, 1864). Ese mismo año, el Syllabus condenó distintas proposiciones que defendían los derechos del hombre de profesar públicamente cualquier religión. Sobre el tema del indiferentismo, se condenaron las siguientes proposiciones:
15. Todo hombre es libre de adoptar y profesar la religión que, según le dicte su conciencia, considere como verdadera.
16. El hombre puede, en la observancia de cualquier religión, encontrar el camino hacia la salvación eterna y llegar al cielo.
Comparemos esta enseñanza con la siguiente afirmación de Benedicto XVI, quien tenía la responsabilidad como sucesor de Pedro y Vicario de Cristo de confirmar a sus hermanos en la fe:
Toda persona ha de poder ejercer libremente el derecho a profesar y manifestar, individualmente o comunitariamente, la propia religión o fe, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, las publicaciones, el culto o la observancia de los ritos. No debería haber obstáculos si quisiera adherirse eventualmente a otra religión, o no profesar ninguna.
(Mensaje dado el 1 de enero de 2011).
Este tipo de discurso es simplemente una aplicación de los falsos principios expresados en la Declaración Dignitatis Humanae, la cual jamás menciona los derechos de la verdadera religión, sino únicamente los derechos del hombre a practicar su religión, sin importar cuál sea, y sin tomar en cuenta su valor real - a pesar de las precauciones tomadas en el preámbulo del documento conciliar.
El origen del error
Al dar prominencia a la dignidad humana, la libertad y la autonomía, las expresiones de la Declaración implican el concepto legal moderno de que el hombre, por el mismo hecho de su naturaleza humana, es el sujeto absoluto de los derechos, es decir, de los servicios requeridos del Estado, a pesar de sus deberes hacia la verdad, Dios, y su destino eterno. Los deberes del Estado se ven reducidos a la obligación de proteger estos derechos dentro de los límites del orden público que éste debe salvaguardar. El ideal del hombre en la vida se convierte solamente en una búsqueda filosófica honesta, enriquecida por el diálogo y la experiencia, y ya no se trata de la posesión pacífica de la verdad.
A decir verdad, esto más que ser una noción falsa de derecho, se trata de un sueño despierto. Las religiones del mundo son descritas en la Declaración como buenas y dignas, con la única diferencia de que hay unas más o menos cercanas a la verdad, pero todas deseosas de contribuir a la búsqueda común del hombre proponiendo sus modelos de vida social con respeto hacia las diferencias... Un simple vistazo a las últimas noticias mundiales ejerce un efecto aleccionador sobre este tipo de utopía.
Las consecuencias de la Declaración en la vida social
La Santa Sede y los obispos alrededor del mundo no dudaron en fomentar la aplicación de la Declaración Dignitatis Humanae por todas partes, interviniendo en varias ocasiones con los gobiernos para que eliminaran de sus Constituciones toda mención del catolicismo como la religión oficial del Estado, o para que modificaran los concordatos a fin de incluir la libertad religiosa (Colombia 1973, Valais 1974, España 1976, Perú 1980, Italia 1984). Se convirtió en una práctica común exhortar a casi todos los Estados católicos a adoptar los principios de esta falsa libertad religiosa que implica el indiferentismo y el relativismo. El Papa Francisco habló en este mismo espíritu a la primer ministro del gobierno eslovenio, Alenka Bratusek, el 13 de junio de 2013. En este país cuya población es 94% católica, el Vicario de Cristo elogió la libertad religiosa como "un factor importante del desarrollo." Es así como la jerarquía católica ha multiplicado por doquier sus estímulos y apoyo para la aceptación de los no cristianos, por ejemplo, a través de la construcción de mezquitas en países con raíces cristianas profundas.
Y, ¿cuál es el fin de todo esto? El comunismo no ha perdido nada de su agresividad anticristiana, tal y como puede verse actualmente en China. El islam persigue más que nunca a los cristianos en todo el mundo. El secularismo agresivo no ha bajado las armas y continúa invadiendo los programas escolares y las mentes de los ciudadanos. En cuanto a la fe, que ha dejado de estar protegida en países donde el poder civil alguna vez la promovió, ha sufrido un retroceso, y aquellos que tal vez consideraron convertirse a la fe católica, ahora están disuadidos de hacerlo por esas enseñanzas que ya no creen ni en su propia verdad. Esto es más que suficiente para exigir que esta Declaración sea eliminada.
Para estudiar este tema más detalladamente:
Para un estudio más profundo sobre la oposición entre la Declaración Dignitatis Humanae y la doctrina católica, leer: La Libertad Religiosa Cuestionada de Monseñor Marcel Lefebvre.
Para un estudio más general sobre el liberalismo, leer: Le Han Destronado de Monseñor Marcel Lefebvre.
Actas del Magisterio:
Gregorio XVI, Mirari Vos.
Pío IX: Quanta Cura, Syllabus.
León XIII: Immortale Dei.
Pío XI: Quas Primas.
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